Las fuentes de ruido presentes en una determinada zona pueden ser múltiples y muy dispares. En un estudio de contaminación acústica, se trata de valorar, por ejemplo, el nivel de ruido de una determinada actividad mediante un reconocimiento en campo de la actividad en estudio.
En Aema, dentro de nuestros servicios acústicos, el estudio de contaminación sonora, una vez definido el punto donde se perciben los mayores niveles de presión sonora se llevan a cabo una serie de medidas, uno con las fuentes de emisión de ruido funcionando durante el periodo de tiempo de mayor emisión o incidencia, para obtener el nivel de presión sonora de la actividad y otro sin la fuente funcionando, para determinar el ruido de fondo o ruido residual según la normativa vigente en cada municipio. En este informe de contaminación sonora o acústica se incluye:
– Identificación y ubicación de las principales fuentes de ruido.
– Características y horario de funcionamiento de las fuentes emisoras.
– Topografía de la zona de estudio.
– Análisis urbanístico identificando actividades y usos del suelo: residencial, comercial, sanitario, docente, industrial, infraestructuras existentes, etc.
– Análisis de la edificación (usos, número de plantas, distribución, utilización temporal o permanente, aislamiento acústico, distancia a las fuentes de ruido, etc.).
– Condiciones meteorológicas: viento, temperatura, lluvia, humedad relativa, etc.
– Valoración de los niveles de ruido de fondo.
¿Qué decibelios son admisibles en condiciones normales?
La contaminación por ruido presenta unas características concretas que lo diferencian de otros contaminantes ya que es el contaminante más barato de producir y necesita muy poca energía para ser emitido, es complejo de medir y cuantificar, no deja residuos, no tiene un efecto acumulativo en el medio, pero si puede tener un efecto acumulativo en sus efectos en el hombre. La contaminación por ruido tiene un radio de acción mucho menor que otros contaminantes, es decir, se localiza en espacios muy concretos y se percibe sólo por el oído, lo cual hace subestimar su efecto.
En este sentido, el desarrollo de numerosas actividades, tráfico, etc supone un incremento de los niveles sonoros de una zona determinada. Es numerosa la normativa vigente en cuanto al ruido tanto a nivel nacional, autonómico siendo incluso incluido en numerosas ordenanzas y normativas de carácter municipal, donde, en función de cada tipo de actividad y uso del suelo, se establecen niveles admisibles de ruido medidos en decibelios (dB).
En condiciones normales, niveles de ruido permitidos pueden establecerse en 65 dB para usos de suelo industrial y de 55 dB para usos de suelo residencial siendo más restrictivos durante el periodo noche y también para otros usos del suelo más restrictivos (docente, sanitario, religioso, de protección en ambientes naturales protegidos, etc).